PRO CONSUMIDOR EMITE RESOLUCIÓN QUE OBLIGA A EMPRESAS FINANCIERAS A REGISTRAR CONTRATOS DE COMPRAVENTA DE MUEBLES Y PRÉSTAMOS

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Santo Domingo, R.D.- 
El Instituto Nacional para la Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) emitió este jueves una resolución en la que señala que las sociedades financieras no reguladas y las sociedades de la misma naturaleza registrar los contratos de compraventa condicional de muebles y préstamos en dicha institución, según lo establece la Ley General para la Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario número No. 358-05.

El director de Pro Consumidor, doctor Eddy Alcántara, explicó que la resolución número 1511-2022, de fecha 25 de agosto de 2022, establece que todas las entidades comerciales con características financieras de préstamos y similares de la misma naturaleza deben registrar los contratos, “en busca de evitar cláusulas abusivas o amenazas a los derechos de los consumidores».

Alcántara sostuvo que estos contratos deben registrarse en un plazo único e improrrogable de treinta días naturales “porque estos documentos tienen la consideración de contratos de afiliación, según lo establecen los artículos 81 y siguientes de la Ley 358-05 y los artículos 42 a 45 del Reglamento de Aplicación de esta misma ley».

Advirtió que una vez vencido el plazo de 30 días y no se cumpla lo dispuesto en esta resolución, “Pro Consumidor procederá a sancionar y cerrar las operaciones comerciales de estas entidades”.

También procederá, en caso de incumplimiento, a dictar resolución prohibiendo el uso del contrato para operaciones comerciales hasta que haya sido analizado y registrado por la entidad demandada para su uso en sus relaciones comerciales con los consumidores.

Se establece -añadió- que, si se comprobara que la entidad comercial siguió haciendo uso del documento a pesar de la prohibición, se considerará infracción grave, de conformidad con la tipificación señalada por el artículo 109 letra c, del reglamento, y podrá ser objeto de multas u otras sanciones establecidas para este tipo de infracciones.

El funcionario explicó que debido a que este sector no está regulado por la Ley Monetaria y Financiera, corresponde a Pro Consumidor velar por los derechos de cada uno de los consumidores que realizan transacciones con los proveedores de este tipo de comercio.

Asimismo, indicó que la revisión de los contratos de afiliación por parte de Pro Consumidor tiene como finalidad principal “verificar que los mismos no contengan cláusulas lesivas a los derechos de los consumidores o usuarios, consagrados en la ley de protección al consumidor”.

“El incumplimiento de los requisitos estipulados, en materia de contratos de afiliación, incluida la introducción de cláusulas abusivas, se considera infracción a la citada ley, por lo que serán sancionadas las personas físicas o jurídicas que por omisión o acción hayan participado en los mismos. responsable, por dolo, culpa o mera inobservancia», dijo finalmente.

Fuente Externa.

Primitivo Gil

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