POSICIÓN DE CONATRA SOBRE DECISIÓN TC 0330/21A RAÍZ DE UN CONFLICTO POR RUTA
Por: La Redacción TP.
La posición de la Confederación Nacional de Organizaciones del Transporte CONATRA con relación a la sentencia evacuada por el Tribunal Constitucional a raíz de un conflicto surgido entre una organización de transporte y uno de sus afiliados por la cancelacion de un turno dentro de una ruta de las asignadas por el Estado Dominicano a los transportistas atraves del INTRANT es la siguiente:
El vocero de la Confederación Nacional de Organizaciones del Transporte CONATRA dijo hoy que la base juridica en que se fundamenta esa decisión del Tribunal Constitucional numero TC 0330/21, lejos de desfavorecer al sistema de transporte y a sus operadores, lo que hace es establecer mediante un precedente apropiado la proteccion de los derechos de los afiliados a los sindicatos, empresas y federaciones del transporte garantizando que se cumpla estrictamente el aspecto legal establecido en la ley 63-17 sobre Transito, Transporte Terrestre y Movilidad Vial de nuestro pais.
Mario Diaz señalo que el derecho de las organizaciones del transporte a la explotación apropiada de las rutas y el respeto que deben tener las organizaciones del transporte a los pactos que hacen con sus afiliados, con respecto a los turnos en sus rutas, con ese precedente juridico nuevo queda protegido en todas sus partes.
«Entendemos que esa sentencia del Tribunal Constitucional surgida a raíz de ese conflicto, es justa y no afecta los intereses de los transportistas y que lejos de ello es una garantía para los miembros de las federaciones de transporte a nivel nacional», agrego Diaz..
Señalo el dirigente sindical que por demás, ya esa es una sentencia de última instancia, de obligatorio cumplimiento para los casos que surjan a futuro en ese aspecto en todo el sector transporte.