MMV califica de ilegal actitud de Comisión Electoral de seccional CDP Nueva York Le exhorta ajustarse a la Ley y los reglamentos
SANTO DOMINGO, RD.-
El Movimiento Marcelino Vega (MMV) calificó de ilegal, arbitraria e irracional la decisión de la comisión electoral de la seccional del Colegio Dominicano de Periodista de Nueva York de proclamar ganadora la plancha No 2, contrariando una resolución de la Comisión Nacional Electoral que anuló los votos locales y convocó a nuevas elecciones para el 18 de este mes de septiembre.
Olivo De León, coordinador del MMV, dijo que con su actitud, los integrantes de la comisión electoral de Nueva York se declaran en rebeldía, frente a la Asamblea Nacional, al Comité Ejecutivo, a la Comisión Nacional Electoral, a la ley y los reglamentos, por lo que le pidió depone esa postura y acatar la decisión de la Comisión Nacional Electoral.
Recordó que los votos locales fueron anulados porque Darío Abréu, presidente de la comisión electoral, secuestró la urna y cargó con los votos, negándose a contarlos en presencia de todos los miembros de la comisión electoral y de todos los delegados de las planchas participantes.
Sostuvo que las votaciones del 27 de agosto transcurrieron en paz y sin incidentes hasta que previo al conteo de los votos locales, Abréu y otros miembros del organismo electoral local, trataron de imponer unos supuestos votos por carta, que resultaron ser correos sin firmar y que la Comisión Nacional Electoral había prohibido en una resolución del 1 de julio y posteriormente reiterado en una comunicación, en la que le decía que el voto era presencial.
Ante la insistencia de Darío de imponer supuestas intenciones de votos de personas que no votaron, los representantes de la plancha No 1 protestaron, dando lugar a discusiones acaloradas y enfrentamientos, tras lo cual Abréu arrebató la urna a Rafael Suero, miembro del organismo comicial, y se marchó con ella sin contar los votos, apareciendo días después con unos “resultados” que trata de hacer valer por encima de todo y de todos.
Deploró la actitud desafiante de ese organismo en Nueva York y le exhortó a someterse a la ley 10-91, al reglamento de la ley y al reglamento electoral, al tiempo que le recordó que las seccionales son organismos ejecutivos de base del CDP, como lo establece el artículo 101 del Reglamento de la Ley 10-91.
Asimismo, indicó que el artículo 102 del mismo reglamento dispone que las seccionales estarán sujetas a la Asamblea General Nacional, al Comité Ejecutivo, a las Asambleas locales, a la Ley 10-91, al Reglamento Interno de la precitada Ley 10-91 y al reglamento electoral.
Agregó que en esa temática insiste el párrafo del artículo 107 de los Reglamentos que dice que la asamblea de la seccional es el máximo organismo de dirección local. Sus decisiones estarán subordinadas a los organismos nacionales de su dirección.
De León precisó que las comisiones de las seccionales deben trabajar bajo la orientación y en coordinación con la Comisión Nacional Electoral de la cual son auxiliares, tal como lo dispone el párrafo del artículo 32 del Reglamento Electoral
En ese sentido, el coordinador del MMV, afirmó que los miembros de la comisión electoral de Nueva York, encabezados por Darío Abréu, se colocan al margen de la ley, lo que los convierte en blancos vulnerables de medidas disciplinarias.