Ley 61-32 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento en la República Dominicana
Santo Domingo, R.D.- La exviceministra de Medio Ambiente, Milagros Marina De Camps Germán, depositó una querella formal con constitución en actor civil contra Ángel Ramón De Jesús Martínez Jiménez, mejor conocido como “Detective Ángel”, y otros usuarios de redes sociales, por alegadas acciones de difamación e injuria agravada, conforme a lo establecido en la Ley 61-32 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento.
Según el expediente judicial presentado ante la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, la exfuncionaria denuncia haber sido objeto de una campaña sistemática de descrédito, consistente en publicaciones, videos, imágenes manipuladas y mensajes difundidos en redes sociales. Estos contenidos, de acuerdo con la querella, estarían cargados de lenguaje ofensivo, burlas, acusaciones falsas y montaje de imágenes editadas, afectando gravemente su dignidad y honra.
El equipo legal de De Camps —integrado por los abogados Amauris Vásquez Disla y Diana De Camps Contreras— sostiene que estas acciones no solo vulneran la integridad moral de su defendida, sino que constituyen delitos sancionables en virtud de los artículos 29, 30, 31 y 33 de la Ley 61-32, los cuales penalizan la publicación de expresiones injuriosas o difamatorias dirigidas contra personas particulares por cualquier medio de difusión pública.
“Estas acciones no solo atentan contra la honra y dignidad de la licenciada De Camps, sino que también buscan desacreditarla públicamente a través de medios tecnológicos, lo cual agrava la responsabilidad penal de los imputados”, indica el comunicado emitido por los abogados de la querellante.
Entre los artículos invocados en la acción legal, se destacan:
- Artículo 29: Establece la penalización de la difamación contra particulares, con multas y prisión.
- Artículo 30: Define la injuria como toda expresión ultrajante o despreciativa que no contenga imputación de un hecho preciso, pero que afecte la dignidad o la reputación.
- Artículo 33: Aumenta las penas si la difamación o injuria se realiza mediante medios de comunicación de difusión masiva.
La Fiscalía del Distrito Nacional deberá ahora evaluar los elementos probatorios presentados por la parte querellante, para determinar si existen méritos suficientes para formalizar acusación ante un tribunal competente.
Esta querella marca un precedente en cuanto al uso responsable de las plataformas digitales y la protección de la reputación y la dignidad de los ciudadanos frente a campañas organizadas de descrédito. La exviceministra ha reiterado su confianza en el sistema de justicia dominicano y asegura que continuará defendiendo su nombre “por los medios que el marco legal establece”.

